Los contribuyentes que mantienen créditos fiscales en disputa con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deben prestar especial atención a los mecanismos para garantizar el adeudo, ya que presentar un medio de defensa no significa que la autoridad suspenda automáticamente su cobro.
Así lo explicó el Mtro. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien señaló que la garantía del interés fiscal permite proteger el adeudo mientras se resuelve la controversia y, cuando resulta aplicable, evitar que continúe el procedimiento de cobro por parte de la autoridad.
“El hecho de impugnar un crédito fiscal no significa que éste quede cancelado o que el SAT deje automáticamente de cobrarlo; para suspender el procedimiento se deben cumplir los requisitos previstos en la legislación y, en su caso, garantizar el interés fiscal”, indicó.
El especialista detalló que existen distintas alternativas para garantizar estos adeudos, entre ellas la fianza, carta de crédito, prenda e hipoteca, por lo que cada contribuyente debe revisar cuál corresponde a su situación y asegurarse de cubrir los conceptos exigidos por las disposiciones fiscales.
Agregó que este tema adquiere mayor importancia para empresas y personas físicas que mantienen créditos fiscales controvertidos, debido a que desconocer los plazos o requisitos puede ocasionar que un procedimiento de defensa esté acompañado de medidas de cobro por parte de la autoridad.
“Una defensa fiscal debe contemplar no solamente la impugnación del crédito, sino también qué ocurrirá con su cobro mientras se resuelve el asunto, porque una garantía presentada de manera incorrecta puede generar complicaciones para el contribuyente”, puntualizó Pickett Corona.
Por ello, recomendó revisar oportunamente la situación de cada crédito fiscal, determinar si existe la obligación de garantizarlo y verificar que el mecanismo utilizado cumpla con las condiciones necesarias para mantener suspendido el procedimiento correspondiente.
Por último, el abogado fiscalista señaló que atender estos requisitos permite al contribuyente continuar con su estrategia de defensa mientras se resuelve la controversia, al tiempo que reduce el riesgo de enfrentar acciones de cobro durante el proceso.
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